miércoles, 2 de noviembre de 2011

¿QUÉ ES EL DESLINDE DE RÍOS?

¿QUÉ ES EL DESLINDE DE RÍOS?
noviembre 1, 2011

Se está larvando una nueva tragedia. Después de sembrar miedo y actuar con abuso sobre los vecinos de la costa, la Administración se dirige ahora contra los propietarios que tienen su vivienda cerca de un cauce. Porque no sólo hay que deslindar las playas: también los ríos.
Lo mismo que la playa y el mar territorial son dominio publico, así también lo son los cauces de los ríos. Y lo mismo que en la costa hay un problema de fronteras, así también en los ríos, arroyos, torrentes y barrancos.
¿Dónde terminan los límites de un cauce? Esta pregunta es la que los ingenieros de caminos están empezando lentamente a responder. Y la cuestión no tiene nada de fácil puesto que esos espacios no son precisamente canales diseñados a escuadra y sus perfiles no siempre con claros.
¿Queréis saber qué criterios se usan para establecer esas fronteras? Según el reglamento de dominio público hidráulico, han de coincidir con el límite de la máxima inundación para un periodo de retorno de diez años. Quiere esto decir que el espacio público alcanzará hasta donde alcance la máxima inundación en ese periodo. Si alguna vez en diez años el río se desborda, esto implica que su cauce natural llega más allá de lo que podríamos considerar la cubeta o recipiente, hasta el espacio inundado.
A primera vista, y teniendo en cuenta los criterios de comprobación que establece el reglamento de dominio público hidráulico (que son todos los posibles, incluyendo los históricos, ecológicos y científicos) parece lógico que los encargados de la delimitación se pasen diligentemente por los márgenes del río o torrente a fin de comprobar el alcance de la inundación en temporada de lluvias. Pero esto, que parece tan elemental, no es precisamente lo que hacen. En vez de eso, elaboran un modelo teórico en base a cálculos tan respetables como crípticos. Este modelo parte de dos datos: Sensores de caudal instalados en los cauces y topografía de éstos últimos. La topografía, por lo que sé, no es buena. En expresión de un ingeniero, al menos en el caso de un deslinde en el que estoy trabajando, es una topografía inventada.
Podéis imaginar que sustituir la observación de la realidad por un modelo teórico es algo muy comprometido. La iniciativa sólo salvará la cara a cambio de unos cálculos especialmente escrupulosos pero sobre todo de una topografía detallada y no meramente aproximativa.
Por lo que he visto, puedo decir que los resultados no son buenos. En el deslinde en el que trabajo ahora, muchas personas pierden su casa en todo o en parte. Estas personas son conscientes de que la inundación nunca ha alcanzado sus propiedades, pero esto es indiferente para los ingenieros, que anteponen con mucho convencimiento sus cálculos de escritorio a la realidad y que, como he adelantado, nunca se han pasado por el paraje que ellos mismos han decretado que sea dominio publico.
¿Alguien quiere saber si, como sucede con la ley de costas, el deslinde de un río o arroyo suprime la propiedad privada de los bienes incluidos en la delimitación? La respuesta es sí.
¿Habrá, como sucede con la ley de costas, una compensación en forma de concesión? Pues no. Ya explicaré en otro articulo cual es el fundamento de esa situación. El caso es que los propietarios de viviendas que se encuentren cercanas a un río, arroyo, torrente, barranco o rambla ya se pueden preparar para arremangarse y esforzarse en una defensa complicada, porque después de que los ingenieros pongan la línea, mi compensaciones ni nada parecido. Sólo les queda el abismo.
Finalmente, una última pregunta: ¿Esto tiene arreglo? ¿Hay defensa o sólo nos cabe hacer las maletas? Una vez más, la defensa es posible. Se necesitan inteligencia, conocimiento y tesón a raudales, pero, como suelo decir a mis clientes, hay un camino.
Posted by José Ortega
http://costasmaritimas.wordpress.com/2011/11/01/873/

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